jueves, 15 de octubre de 2009

ETFs. SU TRATO FISCAL.

Una información importante para los inversores partícipes de ETFs es conocer el trato fiscal que recibe este tipo de productos financieros. En tal sentido, el trato fiscal de los ETFs es muy similar a la que se aplica a los fondos deinversión tradicionales, existiendo, sin embargo, algunas diferencias, a saber:
1. Los fondos de inversión tradicionales no se benefician de la exención de tributación por traspaso, es decir, cualquier operación de reembolso que se lleve a cabo deberá tributar en el ejercicio fiscal en el que haya tenido lugar exactamente igual que si de una venta de acciones al contado se tratase. Así, las plusvalías obtenidas mediante el reembolso de un fondo de inversión tradicional, tributará al 18% fijo actual (a partir del próximo ejercicio fiscal del año 2010, la tributación será de un 20%).
2. Por el contrario, no existirá retención sobre las ganancias o pérdidas patrimoniales derivadas de la inversión en ETF's.
los ETFs pueden recibir dividendo si su capital está invertido en productos que lo repartan. En tales supuestos, si el ETF recibe dividendos, estos tendrán igualmente que tributar pues se considerarán por el fisco como rendimientos de capital mobiliario, formando parte de la base imponible del sujeto pasivo del impuesto.